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A lo largo de la historia, tanto sacerdotes de las distintas religiones, como las cúpulas dirigentes de cualquier sociedad, han reivindicado hasta tiempos muy recientes el ejercicio legítimo en algunas circunstancias de la violencia contra sus súbditos, aplicando la pena de muerte.
Tomás Moro (1.478-1.535) víctima de la pena de muerte acusado de traición por no reconocer la legalidad del divorcio de Enrique VIII y Catalina de Aragón también se manifestó contra este tipo de castigo: "Dios prohíbe matar. ¿Y vamos a matar nosotros porque alguien ha robado unas monedas? Y no vale decir que dicho mandamiento del Señor haya que entenderlo en el sentido de que nadie puede matar, mientras no lo establezca la ley humana. Por ese camino no hay obstáculos para permitir el estupro, el adulterio y el perjurio. Dios nos ha negado el derecho de disponer de nuestras vidas y de la vida de nuestros semejantes. ¿Podrían, por tanto, los hombres, de mutuo acuerdo, determinar las condiciones que les otorgaran el derecho a matarse?" La pena de muerte no se consideraba una sanción suficiente, por lo que el condenado a muerte, aparte de esperar su día de partida, también era torturado. Esta tortura, arraigada en todas las culturas (incluso aún hoy en algunos casos) ha dado lugar a una larga lista de sus tipos, de los que sólo se libraban en ciertas ocasiones los condenados de clase dominante, que tenían la “suerte” de ser ejecutados de una forma rápida, como pudo ser el caso de Sócrates que le permitieron elegir e ingirió la cicuta. Ya en en siglo XVIII tras la repugna de la sociedad ante ciertos actos, se decide buscar formas más rápidas de ejecución, llegando así por ejemplo, la guillotina, la horca, el garrote.. y en siglos posteriores la llegada de la silla eléctrica, cámara de gas, y la inyección letal. En la actualidad, Estados Unidos, junto con Irán, Irak, Arabia Saudí y china son los principales ejecutores del mundo. Sólo en Estados Unidos hasta septiembre del 2.010 se habían ejecutado a 37 personas.
El Día Mundial contra la pena de muerte pretende presionar a los poderes públicos para la abolición de este castigo en todos los países. La única forma de proteger plenamente a los acusados de justicias irreversibles y garantizarles el derecho a la vida consiste en abolir por completo la pena de muerte, que se sigue aplicando en la actualidad en unos 68 delitos tipificados sólo en el código penal chino, entre los que se incluyen el atraco, la violación o el asesinato, y en algunos casos no violentos como el fraude fiscal y la malversación, o delitos relacionados con drogas. En el corredor de la muerte los condenados están expuestos a condiciones inhumanas durante su encarcelamiento, ya que no disponen de las condiciones óptimas para la estancia, llegando a faltar higiene y alimentos, quedando así expuestos a los abusos físicos y mentales a los que quedan sometidos. Muchos de estos condenados llegan a sufrir enfermedades mentales debido al deterioro al que les van sometiendo y ni siquiera disponen de una atención médica.
AUTORA del artículo: Zulema
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